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INCENTIVOS 2004
Aquí podrás acceder a un resumen de las principales medidas del Programa para el Fomento del Empleo 2004
  INCENTIVOS PARA DISCAPACITADOS
Aquí podrás conocer las medidas para incentivar la contratación de trabajadores discapacitados (incluye los nuevos Enclaves Laborales)

INCENTIVOS 2004



La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, desarrolla en su artículo 44 el Programa para el Fomento del Empleo de 2004.

Lapalmaenred.com te ofrece en el siguiente cuadro un resumen de sus principales beneficiarios y los incentivos aplicados por su contratación (Nota: Los porcentajes citados se refieren a la contratación por parte de empresas. Las cifras varían en el caso de las cooperativas, las sociedades laborales y los trabajadores autónomos):

BENEFICIARIOS   INCENTIVOS (% Bonificación a la Seg. Social)
Mujeres desempleadas, entre 16 y 45 años   25% durante el período de los veinticuatro meses siguientes al inicio de la vigencia del contrato
Mujeres desempleadas, cuando se contraten para prestar servicios en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino   - Con requisitos adicionales (inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo, por un período mínimo de seis meses o mayores de 45 años): 70% durante el primer año de vigencia del contrato y 60 % durante el segundo
- Sin requisitos adicionales: 35% durante los veinticuatro meses siguientes al inicio de la vigencia del contrato
Desempleados inscritos ininterrumpidamente en la oficina de empleo durante seis o más meses   20% durante el período de los veinticuatro meses siguientes al inicio de la vigencia del contrato (Añádase un 10% si el beneficiario es una mujer desempleada y la contratación se hace a tiempo completo)
Desempleados mayores de 45 años y hasta 55   50% durante el primer año de vigencia del contrato y 45% durante el resto de la vigencia del mismo (Añádase un 10% si el beneficiario es una mujer desempleada y la contratación se hace a tiempo completo)
Desempleados mayores de 55 años y hasta 65   55% durante el primer año de vigencia del contrato y 50% durante el resto de la vigencia del mismo
Desempleados perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo, a los que les reste un año o más de percepción en el momento de la contratación   50% durante el primer año de vigencia del contrato y 45% durante el segundo año de vigencia del mismo
Desempleados perceptores del subsidio por desempleo a favor de los trabajadores incluidos en el Régimen especial agrario de la Seguridad Social, así como a los perceptores de la renta agraria   90% durante el primer año de vigencia del contrato y 85% durante el segundo año de vigencia del mismo
Desempleados admitidos en el programa que contempla la ayuda específica denominada renta activa de inserción   - 65% durante los veinticuatro meses siguientes al inicio de la vigencia del contrato
- 45% durante el resto de vigencia del mismo en el caso de trabajadores mayores de 45 años y hasta los 55
- 50% durante el resto de vigencia del mismo en el caso de trabajadores mayores de 55 años y hasta los 65
(Añádase un 10% a cada incentivo si el beneficiario es una mujer desempleada y la contratación se hace a tiempo completo)
Mujeres desempleadas inscritas en la oficina de empleo que sean contratadas en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto   100% durante los 12 meses siguientes al inicio de la vigencia del contrato
Colectivos en situación de exclusión social   65% durante un máximo de veinticuatro meses
Víctimas de la violencia doméstica   65% durante un máximo de veinticuatro meses
Trabajadores de sesenta o más años y con una antigüedad en la empresa de cinco o más años   50% para los que reúnan los requisitos por 1ª vez en 2004 60% para los que ya reunían los requisitos en 2003
70% para los que ya reunían los requisitos en 2002
Dichos porcentajes se incrementarán en un 10 % en cada ejercicio hasta alcanzar un máximo del 100 %

     
       CONTRATOS INDEFINIDOS
  • Reducción del 90% de la cuota empresarial para mayores de 45 años y el 100% si son mujeres
  • Reducción del 70% si son menores de 45 años y del 90% si son mujeres
  • Subvención de 3.907 € al comienzo del contrato
  • Deducción de 4.808,10 € en el Impuesto de Sociedades (una sola vez)
  • Subvención de hasta 901,52 € por adaptación del puesto de trabajo

       CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN

  • Reducción del 50% de la cuota empresarial prevista para este contrato

       INTEGRACIÓN EN COOPERATIVAS
       Y SOCIEDADES LABORALES

  • Subvención de 9.015,18 € por cada discapacitado que se incorpore
  • El tiempo mínimo de pertenencia es de 3 años. Si fuese inferior deberá ser sustituido por otro trabajador minusválido

       ENCLAVES LABORALES

  • Se entiende por enclave laboral el contrato mercantil entre una empresa del mercado ordinario de trabajo, llamada empresa colaboradora, y un centro especial de empleo, calificado como tal, cuyo objeto es la realización de obras o servicios que guarden relación directa con la actividad normal de aquélla y para cuya realización un grupo de trabajadores con discapacidad del centro especial de empleo se desplaza temporalmente al centro de trabajo de la empresa colaboradora
  • La ley establece una duración mínima de tres meses y una máxima de tres años
 
Cuadro completo de incentivos
Descárgate las características completas de cada incentivo para la contratación de discapacitados.
El documento está actualizado hasta el 1 de mayo de 2004 y pesa 82,5 kb (Fuente Discapnet)  

       CONTRATOS TEMPORALES

  • Reducción del 100% en la cuota empresarial si es el primer trabajador de la empresa
  • Reducción del 75% en el resto
  • Reducción del 90% si es una mujer de edad igual o superior a 45 años (el 80% si es menor)
  • Las reducciones de cuota se aplican durante toda la vida del contrato, que debe ser a jornada completa

       CONTRATOS EN PRÁCTICAS

  • Reducción del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes si se celebra a tiempo completo

       RELACIÓN LABORAL ESPECIAL
       DE TRABAJADORES EN CENTROS
        ESPECIALES DE EMPLE0 (CEE)

  • Subvención para inversión de 12.020,24 € por cada puesto creado para un trabajador minusválido, si éstos representan más del 90% de la plantilla (9.015,18 € si representan entre el 70 y el 90% de la plantilla)
  • Bonificación del 100% de la cuota empresarial total a la Seguridad Social
  • Subvención mensual por cada trabajador minusválido de hasta el 50% del SMI
  • Subvención para adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas ( hasta 1.803,04 €).
  • Los Centros Especiales de Empleo están exentos de IVA en las subvenciones públicas
 

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